Documentación



Última actualización: 18/12/2017

El trámite de la visa debe realizarlo personalmente ante el consulado.

Consulado en Bogotá:

Dirección: Carrera 12 No 114-37.
Teléfonos: 629 5095 - 629 5072 
Página Web: www.embajadadecostarica.org
Horario de atención al público: Lunes a viernes 8:30 a.m. a 12:00 p.m., para radicar documentos y entrega de solicitud de visas 1:00 p.m. a 2:00 p.m.

Las citas para la solicitud de visa se otorgarán exclusivamente en el correo electrónico visascostarica@gmail.com Esta dirección de correo electrónico es protegida contra robos de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo, se debe solicitar la cita con un mínimo de 30 días antes del viaje. En el correo electrónico debe indicar: 

  • Nombres y apellidos de la persona que solicitará la visa.
  • Número de cédula de ciudadanía.
  • Número de pasaporte de los solicitantes.
  • Fecha de nacimiento del solicitante.
  • Nacionalidad de los solicitantes.
  • Números de teléfonos (fijo y celular).
  • Correo electrónico en los que se puede localizar al solicitante.
  • Tipo de visa para el que requiere cita (Turismo, estudiante, menor de edad o residente provisional por vínculo). 

Los correos que sean enviados sin esta información no tendrán respuesta de la Embajada, serán eliminados y la cita no podrá ser asignada hasta que la información completa sea recibida. Si la solicitud ha sido enviada completa recibirá respuesta en los siguientes 10 días hábiles. Si la Embajada le asigna una cita y no le resulta posible asistir deberá escribir al mismo correo para cancelarla.    

Nota Importante:

  • No se harán previsiones sobre los requisitos faltantes, de manera que si se reciben solicitudes que no cumplan la totalidad de los requisitos, serán AUTOMÁTICAMENTE DENEGADAS y el solicitante deberá esperar seis meses para que se le tramite una nueva solicitud.
  • El trámite es estrictamente personal y no se entregarán pasaportes a terceros, sin excepción.
    • Para ingresar a Costa Rica el pasaporte debe tener una vigencia mínima de 6 meses.

 

No requieren visa los ciudadanos colombianos que posean visa vigente de los Estados Unidos (exclusivamente visa de turismo, negocios o tripulante de múltiples entradas); Canadá (exclusivamente visa múltiple), la Unión Europea (exclusivamente múltiples entradas) y Japón (turismo, tripulante o negocios de múltiples  entradas, utilizada y vigente por mas de 6 meses); los residentes legales (residencia, permiso de trabajo o permiso de estudio) de Estados Unidos, Canadá o la Unión Europea, con al menos seis meses de vigencia al momento de ingresar al país. 

Al ingresar a Costa Rica debe presentar el Certificado Internacional  de la vacuna contra la fiebre amarilla (debe aplicarla 10 días antes del viaje). 

La duración del tramite de visa es de 6 días hábiles contados a partir del momento de formalización o entrega completa de los documentos. 

  • Formulario, imprimir en hojas tamaño carta, una página por hoja y en papel blanco.
  • Dos fotografías a color 5 x 5 fondo blanco, tomada en los últimos 6 meses.
  • Pasaporte vigente minimo 6 meses, contada a partir de la fecha planeada de ingreso a Costa Rica.
  • Copia de la página de datos biográficos del pasaporte (página en la que se encuentra la fotografía del solicitante de visa). 
  • Original y copia del certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla
  • Certificado de antecedentes penales apostillado. 
  • Récord migratorio. Se obtiene en las oficinas de Migración Colombia 
  • Itinerario de vuelo  
  • Reserva de hotel o carta de invitación con copia de la cédula de la persona que invita.
  • Carta laboral (o resolución de pensión, certificación de cámara de comercio o certificación de contador público) y/o carta o certificación de estudios, emitida por la institución educativa. 
  • Los tres últimos extractos bancarios meses del solicitante; si una empresa o una tercera persona cubre los gastos del viaje, es necesario presentar los extractos bancarios de la empresa o de la tercera persona, junto con una carta donde se indique explícitamente que se hacen cargo de todos los gastos posibles del solicitante

Para descargar el formulario, click aquí

  • Certificado de nacimiento apostillado.
  • Original y copia del permiso notariado de salida del país, emitido por el padre o madre que no viaje con el menor. Si el menor viaja solo o compañía de alguna persona que no es su padre, madre o encargado legal, el permiso deberá ser suscrito por ambos padres y/o encargado legal.
  • Certificado de matrícula de estudio, emitido por el colegio / universidad .
  • Extractos de los tres últimos meses de los padres o encargados legales del solicitante menor de edad; si una empresa o una tercera persona cubre los gastos del viaje, es necesario presentar los extractos bancarios de la empresa o de la tercera persona, junto con una carta donde se indique explícitamente que se hacen cargo de todos los gastos posibles del solicitante.
  • Adjuntar una constancia del saldo disponible en la cuenta bancaria de los padres o encargados legales del solicitante días antes de la cita en el Consulado, junto con el listado de movimientos financieros más recientes.
  • Se recuerda que los documentos de solvencia económica deben ser de los padres o encargados la persona que solicita la visa. Los documentos de solvencia económica de las personas que invitan solo se toman en cuenta de forma adicional a los del solicitante de visa, pero no sustituyen aquellos que debe aportar quien solicita la visa o su patrocinador.
  • Original de los recibos de consignación bancaria
  • Formulario, imprimir en hojas tamaño carta, una página por hoja y en papel blanco.
  • Dos fotografías a color 5 x 5 fondo blanco, tomada en los últimos 6 meses.
  • Pasaporte vigente minimo 6 meses, contada a partir de la fecha planeada de ingreso a Costa Rica.
  • Copia de la página de datos biográficos del pasaporte (página en la que se encuentra la fotografía del solicitante de visa). 
  • Original y copia del certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla
  • Certificado de antecedentes penales apostillado. 
  • Récord migratorio. Se obtiene en las oficinas de Migración Colombia 
  • Itinerario de vuelo  
  • Reserva de hotel o carta de invitación con copia de la cédula de la persona que invita.
  • Carta laboral (o resolución de pensión, certificación de cámara de comercio o certificación de contador público) y/o carta o certificación de estudios, emitida por la institución educativa. 
  • Los tres últimos extractos bancarios meses del solicitante; si una empresa o una tercera persona cubre los gastos del viaje, es necesario presentar los extractos bancarios de la empresa o de la tercera persona, junto con una carta donde se indique explícitamente que se hacen cargo de todos los gastos posibles del solicitante
  • Valor visa USD 32.
  • Realizar consignación en la cuenta corriente Nº 228-02092-1 del Banco de Occidente por USD 32.00 (treinta y dos dólares americanos). Se debe consignar en pesos colombianos – el Banco realizará la transacción al tipo de cambio oficial del día – a nombre de la Embajada de Costa Rica y el nombre del solicitante de visa debe aparecer en el recibo. Deberá hacerse una consignación por persona. Únicamente se recibirán pagos por derechos consulares para el trámite de visa en las oficinas autorizadas del Banco de Occidente. Se deberá presentar los dos comprobantes originales que emite el banco.

  • Notas:  
    Si la visa es DENEGADA, la persona podrá reclamar la devolución del pago, mediante una nota que indique el monto pagado la fecha en que la visa fue denegada, que tendrá que acompañar con los comprobantes de pago respectivos. Estas solicitudes se recibirán todos los días de 9:00 a.m. a 12 del medio día. El mismo día de solicitud a las 4 p.m. se le entregará al interesado una nota por concepto de devolución que podrá presentar al Banco. Por motivos de orden fiscal, no será posible bajo ninguna circunstancia tramitar cartas de devolución de pagos por derechos consulares, efectuados con más de 30 días de anterioridad al día de la cita o de la solicitud de devolución. Toda solicitud de devolución deberá plantearla el interesado por escrito.
  • En Bogotá se expiden visas por una entrada, las visas de entradas múltiples se solicitan en Colombia y son estampadas en Costa Rica.
  • Una vez otorgada la visa, el usuario cuenta con 60 días para ingresar a territorio costarricense, por lo que es necesario que el solicitante tenga presente en el momento de solicitar la cita para la visa.
    Los únicos documentos que son devueltos por el Consulado luego del trámite de visa son el pasaporte y el certificado de vacunación contra la fiebre amarilla original. 
  • A partir del 15 de Diciembre de 2011, los documentos podrán ser apostillados en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, no se requerirá legalización en la Sección Consular de esta Embajada.